Inspección y Supervisión de obras civiles

I

Inspección, Dirección y Supervisión de Obras

I.1- Inspección de Obras
La inspección de una obra es la actividad que se hace con la finalidad de garantizar que su ejecución se realice de acuerdo con las Normas técnicas, especificaciones, planos y demás documentos que constituyen el proyecto. Se apoya en los controles de calidad de los materiales que se utilizan en la obra, y de los equipos y servicios que se adquieren para lograr el correcto funcionamiento de la misma. es realizada por un profesional colegiado, que puede ser arquitecto o ingeniero. El profesional que desarrolla esta actividad es el inspector.

El inspector puede ser visitante o residente, según sea la modalidad de la inspección que realiza. El visitante hace visitas periódicas a la obra, a fin de controlar los aspectos que le corresponden. El residente debe permanecer el mayor tiempo posible en la obra, y es indispensable su presencia en los momentos en que se ejecutan obras que van a ser cubiertas.

El inspector es designado por el propietario de la obra; por lo tanto, actúa en su representación y defiende sus intereses. Sus servicios incluyen la inspección técnica y la inspección administrativa.

La inspección técnica se refiere al control que se realiza, para garantizar que la obra se ejecute según los planos y especificaciones correspondientes. Esta tarea se hace de la siguiente manera:
  • Controlando todos los materiales que llegan a la obra, mediante los ensayos correspondientes.
  • Constatando en cada plano, que la parte de obra que se ejecuta, está conforme en todos sus elementos.
  • Constatando que los materiales se emplean y se colocan en su sitio según las especificaciones.
  • Controlando todos los equipos que llegan a la obra, para garantizar que cumplen con las indicaciones dadas por los proyectistas y que están en buen estado de funcionamiento. 
La inspección administrativa se refiere, al control que se realiza para garantizar que la obra se ejecuta en el tiempo que ha sido planificado, que las cantidades de obra ejecutada son correctas y que los pagos se hacen según el presupuesto aprobado previamente. Esta tarea se hace de la siguiente manera:
  • Constatando que el ritmo de la obra se corresponda con el plan proyectado. Para esto se debe tener una programación de barra o un programa computarizado de actividades que incluya el camino crítico.
  • Haciendo las mediciones de cada una de las partes de la obra, que están clasificadas en las partidas que componen el presupuesto.
  • Autorizando los pagos, después de aplicar los precios unitarios a cada una de las cantidades de obra ejecutadas y aceptadas.
I.2- Dirección de Obras
La dirección de obras es la actividad que se hace para garantizar que los trabajos sean ejecutados eficientemente, respetando las normas técnicas y de seguridad industrial. Es realizada por un profesional colegiado que puede ser arquitecto o ingeniero. El profesional que desarrolla esta actividad es el Director, llamado también Residente.

El Director es el que interpreta los planos, especificaciones y demás documentos que integran el proyecto, según el espíritu de los proyectistas; y resuelve los problemas técnicos que se presentan durante la ejecución de la obra. No tiene atribuciones para introducir modificaciones en el proyecto, sin la autorización de los proyectistas y la conformidad del inspector.

El Director es designado por el contratista responsable de la obra; por lo tanto, actúa en su representación y lo asesora en la parte técnica. Sus servicios incluyen la dirección técnica y la dirección administrativa; sin embargo, generalmente sólo se le asigna la dirección técnica, porque la administrativa la realiza el personal de la empresa.

La designación del Director Técnico o Residente en una obra, es obligatoria según las leyes y ordenanzas municipales.

I.3- Supervisión de Obras
La supervisión de obras es la actividad que se hace con el objeto de asegurar que los trabajos sean ejecutados conforme al proyecto realizado, sin que se alteren los criterios que privaron en su concepción. Es efectuada por los profesionales colegiados que participaron en la ejecución del proyecto, o por otro profesional delegado por ellos.

Generalmente se divide esta actividad en supervisión arquitectónica, que es ejercida por el arquitecto, y supervisión de la obra de ingeniería, que es ejercida por el ingeniero estructural y los demás especialistas.

El Supervisor de obras es el que interpreta los planos y especificaciones. Colabora con el Residente en la solución de los problemas que surgen en la obra y definitivamente los autoriza. Puede hacer las modificaciones en la parte del proyecto de su competencia, que contribuyan a mejorarlo o que sean necesarias para adaptarse a las situaciones que se presenten en obra.

Todas las modificaciones que se hagan en obra, deben ser agregadas a los planos originales o anexadas en planos o croquis adicionales. Igualmente, indicando claramente las que se eliminan y las que se agregan. Los planos y especificaciones definitivos deben reflejar fielmente la obra ejecutada.

El El supervisor coordina y vigila la correcta ejecución de la obra, asesora al inspector y al residente en la interpretación del proyecto tal como fue concebido, controla los costos de la construcción, chequea el plan de obra y hace las recomendaciones pertinentes a fin de que se cumpla lo previsto en el presupuesto y en el tiempo de ejecución.

El equipo supervisor también es designado por el propietario, puesto que fue quien lo contrató para elaborar el proyecto, y luego para que supervise. Por lo tanto, actúa en su representación ante el contratista y los demás profesionales. Además, es el asesor del propietario.

Para que pueda cumplir con todas sus funciones, debe revisar los informes del inspector, del residente, los resultados de los ensayos de materiales y vigilar la calidad de la obra que se está ejecutando.

Debe prestar mucha atención a los detalles en los revestimientos y acabados, cerramientos, marcos y cualquier elemento que no esté claramente expresado en los planos o que no haya sido resuelto en la etapa del proyecto.

I.4- Obras que se ejecutan mediante un Contrato por administración delegada
Si una obra se ejecuta bajo la figura de la Administración Delegada, la inspección es un poco más compleja, porque en este caso, el Propietario asume la función de la empresa constructora, por lo tanto, contrata directamente todo el personal (Personal Residente, Maestro de Obras, plomeros, electricistas, carpinteros, estructuristas, albañiles, obreros, etc.), compra todos los materiales y equipos que se emplean en la obra y suministra todos los instrumentos de trabajo.

Esta función la delega en un profesional o grupo de profesionales que, normalmente, es el mismo Director de la obra. Este delegado recibe inicialmente una cantidad de dinero para adquirir materiales, pago de personal y hacer todos los gastos que ocasiona la obra. Semanalmente o quincenalmente, según los establezca el contrato, rinde cuentas al propietario, quien está asistido por el inspector, del uso que ha dado al dinero recibido, y solicita otra cantidad que le permita avanzar la construcción.

Cada vez que el delegado rinde cuentas, cobra por sus servicios un porcentaje de la suma gastada, que está determinada en el contrato. Este sistema de contratación es más económico para el propietario, porque se ahorra los incrementos que cargan las empresas constructoras por financiamiento (la empresa cobra por obra ejecutada y funcionando), gestiones por subcontratos, responsabilidades contractuales y gastos generales.

En este caso, el inspector, además de realizar todos los controles técnicos que le corresponden, tiene que revisar y autorizar todos los gastos que se hacen en la obra, y debe participar en la escogencia del personal y en todos los subcontratos que haga el Delegado.

I.5- Perfil del Inspector, Director o Supervisión de Obras
El Inspector, Director o Supervisor de obras, debe tener experiencia en las técnicas constructivas, en la interpretación de planos, y en la organización y administración de obras. Esta experiencia se adquiere, cumpliendo alguna de las siguientes actividades:
  • Asistente de otros profesionales de mayor experiencia, que esté realizando alguna de las funciones indicadas.
  • Trabajando al servicio de alguna empresa consultora o de construcción, donde forme equipo con otros profesionales de distinto nivel.
  • Trabajando como auxiliar de inspección o de supervisión, mientras se realizan los estudios de ingeniería o de arquitectura.
  • Realizando pasantías en obras, que formen parte del plan de formación de la carrera universitaria (Jornadas Venezolanas sobre Inspección de Obras, 1972).
El profesional debe poseer también las siguientes características o cualidades:
  • Conocer y dominar las Normas vigentes para la construcción, a fin de aplicarlas con seguridad en obra.
  • Criterios profesionales bien formados mediante el análisis concienzudo de los problemas de ingeniería, que le permitan tomar decisiones maduras y efectivas.
  • Una esmerada preparación profesional y conocimientos sólidos de la construcción, que le permitan aplicar, o recomendar su aplicación en la obra, de una tecnología moderna, práctica y segura. Debe conocer muy bien el comportamiento físico, químico y mecánico de los materiales, así como de los elementos estructurales y componentes accesorios, a fin de evitar posteriores fallas de las obras construidas. Y conocer también la formación geológica y el comportamiento de los suelos que servirán de asiento a las estructuras. La diversidad de disciplinas, que intervienen en una construcción, obliga al profesional a tener clara conciencia de sus limitaciones y consultar a los especialistas en los casos necesarios.
  • Conocer y saber aplicar los métodos de control de calidad en el área que le compete.
  • Observador acucioso para detectar los detalles, identificar las fallas y preocuparse por que se ejecuten los correctivos cuando sean necesarios.
  • Elevado sentido de responsabilidad, moralidad y ética profesional, a fin de que las obras se ejecuten de conformidad con la buena práctica de la ingeniería, sin disminuir la calidad y seguridad de las mismas por atender a intereses personales o de contratistas, defendiendo y garantizando los intereses del cliente con honestidad.
  • Sentido común. El profesional tiene que enfrentarse muchas veces a situaciones conflictivas, generadas por diversas interpretaciones o criterios, que se presentan entre los especialistas que intervienen en una obra; en estos casos, es necesario proceder razonablemente y con prudencia, con clara conciencia de los límites que determinan la situación, y de lo que conviene o no para armonizar con las partes involucradas. Muchas veces es necesario ceder para lograr mejores resultados; algunas veces se debe empeñar en imponer su criterio, y otras, debe consultar a los superiores, al propietario o al especialista.
  • Dispuesto a permanecer en la obra todo el tiempo que sea necesario, a fin de observar todos los procesos constructivos, y así evitar los posibles vicios ocultos. Además, debe estar presente para resolver problemas imprevistos y dirimir posibles conflictos entre el personal de campo. Para esto se requiere mística en el trabajo. La permanencia del Director de obras es fundamental, por esto se le llama Residente. El inspector también debe permanecer en la obra todo el tiempo de trabajo. El Supervisor puede cumplir su función haciendo visitas periódicas.
  • Capaz de trabajar en equipo. Habilidad para relacionarse con sus superiores o clientes. Destreza para dirigir grupos de subordinados.
  • Disciplinado, en lo que se refiere a la puntualidad en el cumplimiento de los compromisos, citas con las personas relacionadas con su trabajo, organización de las tareas propias de su función, y la presentación de los informes y entrega de cuentas a sus inmediatos superiores o clientes.
  • Capaz de dar instrucciones, tanto escritas como orales, que puedan ser interpretadas correctamente por el personal encargado de realizar las tareas propias de la construcción.
  • Capaz de expresarse con claridad mediante dibujos, que interpreten los detalles de obras en croquis trazados a mano alzada.
  • Capaz de expresarse oralmente con facilidad, de manera que pueda exponer ante otras personas, que conocen o no la obra, las situaciones que se presenten, y que deban ser explicadas, para tomar decisiones que competen a organismos oficiales, a grupos de propietarios o a empresas proveedoras o de servicio.
  • Capaz de redactar informes, memoranda y diario de obras.
  • Espíritu de colaboración, a fin de lograr el mayor rendimiento en la realización de las obras, y habilidad para relacionarse armoniosamente con las personas que intervienen en la construcción.
  • Capacidad de decisión. Saber analizar la situación que se presente en una obra, plantearse las alternativas que puedan existir, y decidirse por la más adecuada según su criterio y conocimiento técnico. Además, debe tener firmeza de carácter, para mantener y defender la decisión tomada frente a los contratistas, y demás personas involucradas en la obra, sin caer en faltas de respeto, ni manifestaciones autoritarias.
  • Imparcialidad en la toma de decisiones. Cuando tiene que resolver una situación, por encima de todo, es un profesional; por lo tanto, la situación debe estar conforme con la ética y sus principios personales; no con los intereses, ni del propietario, ni del contratista, ni del proveedor, sino con la buena práctica de la ingeniería y la seguridad de la obra.
  • Sensibilidad social. El profesional no sólo está al servicio de los intereses del propietario o de la empresa que lo contrata, sino también al servicio de la colectividad, ya que las obras son siempre de interés social, en el sentido amplio del término. Debe organizar el trabajo o cuidar que se organice, de manera que no afecte a la comunidad circunscrita a la obra; debe estar consciente de su contribución al desarrollo urbano, cuidar y preocuparse por la estética y la seguridad industrial; y debe evitar la contaminación ambiental por ruido, polvo, descarga de agua, o congestionamiento de tráfico.
  • Iniciativa. El profesional debe ser capaz de aplicar ideas propias que faciliten el desarrollo de la obra, siempre que no modifiquen el contenido de los planos, especificaciones y demás documentos que constituyen el proyecto. Por iniciativa propia, se pueden implementar mejores técnicas constructivas, proponer al proyectista una modificación que mejore el funcionamiento o la calidad de la obra. Se puede recomendar al propietario un cambio que redunde en economía o en el mejor aprovechamiento de la construcción.     
Estas cualidades son las que le dan al profesional, la autoridad moral para aceptar o rechazar un material, o una parte de obra ejecutada, o realizar una modificación en obra.

I.6- Relaciones entre los profesionales que intervienen en la Obra
Es importante que cada profesional tenga claramente delimitada sus funciones para evitar choques innecesarios entre los mismos. La armonía en el trabajo es fundamental para el buen desarrollo de la obra.

El Inspector debe realizar reuniones periódicas con el Director, donde se intercambien ideas, se discutan los procedimientos que se siguen en la obra y se analicen los resultados de los ensayos realizados.

El Supervisor debe procurar realizar las visitas a la obra conjuntamente con el Director y el Inspector, a fin de resolver cualquier problema que se presente, y hacer del conocimiento de todos los cambios que disponga a las observaciones a que haya lugar.

El Director de obras cuando proponga una modificación al Supervisor, debe haberla discutido previamente con el Inspector, y viceversa.

El Supervisor no debe dar instrucciones directas a los contratistas ni al personal obrero. Debe comunicar todo al Director y al Inspector, de manera que sea el Director quien instruya al personal, preferiblemente a través del maestro de obra, y el Inspector pueda realizar los controles.

I.7- Relaciones con otras entidades
En una obra existen relaciones con los organismos oficiales que ejercen funciones de fiscalización, como son la Ingeniería Municipal, la Gobernación y la Oficina de Planeamiento Urbano.

Cuando sea necesario atender alguna citación de estos organismos, debe hacerla el Supervisor conjuntamente con el Director. De acuerdo con la ley, el responsable de una obra es el Director o Residente, por lo tanto, es éste quien está obligado a presentarse y discutir el objetivo de la citación. Es el Director quien firma todos los planos y documentos que componen el proyecto, haciéndose responsable de su contenido. Sin embargo, la presencia del Supervisor en estas reuniones es fundamental, porque es quien representa al autor del proyecto, por lo tanto, conoce todos sus detalles, sabe cuales fueron las razones que privaron para realizar cada parte del mismo y puede defender con propiedad los planteamientos que se hagan.

Generalmente, cuando se desarrolla un proyecto, no se sabe quien va a ser el constructor, por lo tanto, el que firma como responsable de la obra para obtener el permiso necesario, es el arquitecto que gerencia el proyecto; pero, cuando se procede a la construcción, éste debe renunciar ante la Ingeniería Municipal a la responsabilidad que asumió, en favor del Residente; de lo contrario, tendrá que responder durante un lapso de 10 años, por cualquier vicio oculto o falla derivada de defectos de construcción, que provoque una denuncia de la parte afectada.

Cualquier decisión que se tome en estas reuniones, debe ser participada por escrito al Inspector, y agregada a la documentación existente en la obra.

Las consultas que se deban hacer a un organismo oficial con relación a la ejecución de la obra, pueden ser hecha por cualquiera de los profesionales que intervienen en la obra, dependiendo de la naturaleza de la misma. Pero, cualquiera que sea el resultado, debe ser comunicado por escrito a los demás, y discutido si es necesario.

I.8- Compatibilidad de Funciones
Hemos visto que las funciones correspondientes a cada uno de estos profesionales, está claramente delimitada; sin embargo, la función del Inspector puede ser ejercida por la misma persona que ejerce la Supervisión. Obsérvese que los dos son designados por el propietario y defienden sus mismos interese.

El Director puede ser el mismo Supervisor, siempre que pertenezca al mismo equipo profesional que desarrolló el proyecto. Por consiguiente, está empapado de todos sus detalles y de los criterios que privaron en su elaboración.

El Inspector no puede ser Director, porque sus funciones coliden entre si; el primero defiende los intereses del propietario y el segundo los del constructor. Nadie puede ser juez y parte en el mismo caso. En el único caso en que el Inspector puede ser el mismo Director, es cuando la obra se ejecuta por Administración Delegada (I.4); porque aquí los dos profesionales son designados por el mismo propietario, por lo tanto, defienden los mismos intereses. De hecho, en estos casos, conviene que el mismo profesional ejerza las dos funciones.

I.9- Modalidades de la Inspección. Campos de acción
Existen varios modos o tipos de inspección. Depende de quien la contrata y cual es el objetivo principal que persigue. A continuación se indican los tipos más comunes que se realizan en Venezuela.

I.9.1- Fiscalización Municipal
La fiscalización municipal está a cargo de a Ingeniería Municipal adscrita a cada Alcaldía.
Sus funciones son las siguientes:
  • Garantizar el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales, relativas al uso de la tierra y la preservación del medio ambiente.
  • Que se cumplan las normas sanitarias que se publican en la Gaceta Oficial, y que deben estar expresadas en los planos y especificaciones de la obra.
  • Que se cumplan las normas que establecen los retiros con relación a los linderos de la parcela.
  • Que se respeten los derechos de los vecinos con relación a los desagües, desniveles del terreno, muros en linderos, paredes medianeras, etc.
  • Que la obra se construya tal como está dibujada en los planos.
  • Que se lleve el libro de inspección de la obra donde conste que se realizan los controles de calidad de materiales y colocación en obra.
Esta inspección es realizada mediante auxiliares del Ingeniero Municipal, llamados fiscales, que deben visitar la obra periódicamente. Esto obliga a los constructores a mantener permanentemente en el sitio de trabajo, todos los planos y especificaciones debidamente sellados por la Ingeniería Municipal, y los cartones con los respectivos permisos colocados en lugar visible.

Si el Inspector Municipal encuentra fallas encuadradas en los aspectos indicados arriba, debe escribir un memorandum donde consten las observaciones para que se corrijan, y, si es necesario, debe citar al Director para que se presente a la Ingeniería Municipal a fin de discutir algún criterio.

Al finalizar la obra, se realiza la inspección definitiva y se elabora un informe, a fin de que el organismo fiscalizador emita el permiso de habitabilidad correspondiente.

El campo de acción de este tipo de inspección, es todo tipo de construcción urbana y parcelamientos, a excepción de las obras ejecutadas por organismos del Estado.

Este tipo de nspección no puede sustituir a la inspección designada por el propietario (inspección privada, I.8.4), ya que, el ente fiscalizador pone el énfasis en el cumplimiento de las normas y descuida los demás aspectos de la construcción. Además, el Inspector Municipal es visitante, mientras que el privado es residente.

I.9.2- Inspección de obras realizadas por Organismos o empresas del Estado
Cuando el Estado contrata una obra a través de un Ministerio, de una Empresa Estatal o de un Instituto Autónomo, debe mantener una revisión permanente de los trabajos que se ejecutan, con el propósito de garantizar que la obra se realice estrictamente de acuerdo con los planos y especificaciones elaborados para dicha obra.

Muchas veces la Inspección participa también en la elección del terreno donde se implantará la construcción, en el estudio de suelo, en el levantamiento topográfico, etc.

Además se incluye la inspección administrativa, a fin de autorizar los pagos los pagos de obra ejecutada, preparar los cuadros de aumentos y disminuciones, hasta la elaboración del finiquito.

Este tipo de Inspección se realiza mediante una División o departamento insertado en el organigrama de la institución, presidido por un Jefe de Inspección, asistido por un grupo de Inspectores, auxiliares y personal administrativo.

El Inspector asignado a una obra tiene calidad de Residente y actúa siempre en comunicación con su jefe inmediato, informándole de todas sus decisiones y consultándole las dudas y los casos más importantes que se presenten en la obra.

La inspección es complementada con inspectores visitantes, que son especialistas en las distintas ramas de la ingeniería o de la arquitectura que se aplica en la obra.

Esta inspección puede ser contratada también con una Empresa Consultora, quien la ejercerá del mismo modo que la Oficina Estatal y rendirá cuentas al Jefe de Inspección o al Director del Organismo contratante.

El campo de acción de este tipo de inspección, está formando por las obras públicas tales como edificios gubernamentales, educacionales, religiosos y deportivos; edificios residenciales y casas de interés social, que son construidos por por organismos oficiales y luego adjudicados a personas naturales; puentes, aceras y cualquier obra de infraestructura urbana o rural.

I.9.2- Inspección de obras realizadas por Organismos financieros 
 









  

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